Un juzgado de Sevilla condenó a nueve meses de prisión a una mujer por dar una bofetada a su marido en el transcurso de una discusión cuando la pareja se encontraba en trámites de separación. La sentencia recuerda que las penas se deben aplicar en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores o en el domicilio común, como en este caso, pues la discusión fue presenciada por las dos hijas de la pareja, que entonces contaban con 11 y 9 años de edad. Tendrá que pagarle 30 euros. La acusada no podrá acercarse a menos de 300 metros de su marido durante dos años, ni tener armas durante el mismo periodo y le pagará una indemnización...